Gratificación de julio 2023: Todo lo que necesitas saber para su pago

Las Gratificaciones Legales representan un beneficio social regulado en nuestra legislación laboral nacional, consistente en el otorgamiento de dos (2) gratificaciones al año con ocasión a las Fiestas Patrias y a la Navidad.

Al respecto, encontrándonos en el transcurso del mes de julio, esto es, el mes correspondiente al pago de la gratificación legal por Fiestas Patrias, resulta conveniente compartir determinados alcances respecto a su correcto otorgamiento:

A) ¿A quiénes les corresponde recibir la gratificación legal?

Tienen derecho a percibir gratificaciones legales los trabajadores sujetos al Régimen Laboral de la Actividad Privada, sin perjuicio que se encuentren contratados a plazo indeterminado, a plazo temporal o a tiempo parcial.

Para efectos de adquirir el derecho a percibir las gratificaciones legales, deberán contar con un (1) mes de vínculo laboral antes del mes que corresponda efectuar el abono, como mínimo.

B) ¿Qué días son computables para el cálculo de las gratificaciones legales?

Para el cálculo de las gratificaciones legales serán computables los días efectivamente laborados.

De manera paralela, la legislación nacional reconoce algunas excepciones, considerando como tiempo efectivamente laborado, entre otros, los siguientes:

  • Descanso vacacional anual
  • Licencia con goce de remuneraciones
  • Aquellos considerados por Ley expresa como laborados para todo efecto legal

C) ¿Cómo se calcula el pago de las gratificaciones legales por Fiestas Patrias?

La gratificación legal por Fiestas Patrias será calculada en base a lo siguiente:

  • Gratificación legal íntegra: Será equivalente a una remuneración bruta si el trabajador ha laborado durante todo el semestre; esto es, durante el período enero – junio.
  • Gratificación legal proporcional: En caso el trabajador ha laborado un período menor a un semestre, el importe se reducirá proporcionalmente; siendo indispensable que el trabajador haya laborado, como mínimo, un (1) mes en el semestre.

Adicionalmente, corresponderá una bonificación extraordinaria adicional del 9%, referente al monto que el empleador dejará de aportar a EsSalud o, en su defecto, del 6.75%, en caso el trabajador se encuentre afiliado a una EPS. La suma respectiva se entregará en la misma oportunidad de pago que la gratificación legal por Fiestas Patrias.

D) ¿Cuál es la remuneración computable para el pago de las gratificaciones legales?

Se considerará remuneración computable a la remuneración básica y todos aquellos conceptos remunerativos que perciba el trabajador, en dinero o especie, como contraprestación por sus servicios.

Para dichos efectos, en principio, se tomará en cuenta la remuneración que el trabajador se encuentre percibiendo al 30 de junio de 2023.

E) ¿Cuándo se abona la gratificación legal por Fiestas Patrias?

La gratificación legal por Fiestas Patrias deberá ser pagada en la primera quincena del mes de julio, esto es, hasta el día 15 de julio de 2023.

F) ¿Corresponde el pago de la gratificación legal por Fiestas Patrias si no se tiene un vínculo laboral vigente?

En caso el trabajador hubiere cesado previo al pago de la gratificación legal por Fiestas Patrias, se le deberá haber abonado la gratificación legal trunca correspondiente dentro de las cuarenta y ocho (48) horas de su cese.

El importe a abonar por dicho concepto deberá ser equivalente a los meses calendario completos trabajados en el semestre en el que se produjo el cese.

G) ¿Existen infracciones en el caso de incumplimientos de pago de las gratificaciones legales?

Sí. El incumplimiento de las disposiciones referidas a las gratificaciones legales podría constituir infracciones calificadas como leves o graves, siendo con ello pasibles de ser sancionadas con multas que oscilarían entre las 0.26 UIT a las 26.12 UIT (el valor de la UIT asciende a S/ 4,950.00), monto que dependerá del número de trabajadores afectados.

Nota

  • La Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil) ha habilitado el aplicativo “Calcula tu grati”, mediante el cual los trabajadores podrán realizar el cálculo referencial del monto de la gratificación que su empleador debe abonarles (incluyendo la bonificación extraordinaria) con motivo de la Fiestas Patrias, y cuyo plazo vence este 15 de julio.
  • Para acceder al aplicativo, haz clic en el siguiente enlace.

SOBRE EL AUTOR

Carina Dávila Cardich

Gerente de Servicios Legales de Business Services & Outsourcing