CTS mayo 2022: ¿Qué más debo saber sobre este pago?

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La Compensación por Tiempo de Servicios (CTS), es un beneficio social cuyo objetivo principal es proteger al trabajador en caso este pierda su puesto de trabajo. Se trata de dos depósitos que se realizan en los meses de mayo y noviembre que en conjunto suman aproximadamente un sueldo.

Sobre el pago de la CTS de mayo 2022, también debes saber lo siguiente:

1. ¿Todos tienen derecho al pago de la CTS?

Solo reciben este beneficio aquellos trabajadores sujetos al régimen laboral común de la actividad privada que laboren una jornada mínima de 4 horas diarias.

2. ¿Cómo se calculó mi CTS?

En el caso de las empresas sujetas al Régimen Laboral de la Actividad Privada: 

La CTS es calculada a razón de tantos dozavos de la remuneración mensual que un trabajador hubiera percibido en el mes de abril o en el mes de octubre, como meses completos que este hubiera laborado durante el semestre noviembre–abril (caso del depósito de mayo).

En el caso de una empresa sujeta al régimen laboral especial de las MYPES:

Si se trata de una microempresa (empresa con ventas anuales de hasta 150 UIT, inscrita en la REMYPE), el trabajador no tendrá derecho a percibir la CTS, mientras que si se trata de una pequeña empresa (empresa con ventas anuales mayores a 150 UIT y hasta 1700 UIT, inscrita en la REMYPE) el trabajador tendrá derecho a recibir 15 remuneraciones diarias por cada año completo de servicios (esto es, tienen derecho al 50% de lo que un trabajador del régimen común recibe).

3. ¿Cuándo se debió depositar la CTS en mi cuenta?

  • El plazo para realizar el depósito venció el lunes 16 de mayo.
  • Este pago corresponde al período noviembre 2021 a abril 2022.

4. ¿Cómo puedo saber si mi empleador ya realizó el depósito?

De manera presencial:

  • Contactar a la entidad bancaria o financiera en la que solicitaste se deposite tu CTS.
  • Acercarte con tu DNI o documento de identidad y solicitar la confirmación del depósito y de la fecha en la que se realizó.

De manera no presencial:

  • Contactar a la entidad bancaria o financiera en la que solicitaste se deposite tu CTS.
  • Estas consultas pueden hacerse vía banca telefónica u online.
  • También puedes ingresar al aplicativo de tu entidad bancaria y verificar el depósito en tu cuenta de CTS.

5. ¿Necesito una constancia por parte de mi empleador sobre el pago de mi CTS?

Sí. Adicionalmente a la obligación de pago, tu empleador se encuentra obligado a entregarte una Hoja de Liquidación de la CTS abonada, dentro de los 5 días hábiles siguientes del depósito efectuado.

El incumplimiento en la entrega de dicho documento constituye una infracción leve en materia de relaciones laborales, pudiendo la misma ser sancionada con una multa administrativa que oscilaría entre las 0.26 UIT (S/ 1,196.00) hasta las 15.52 UIT (S/ 71,392.00), según la cantidad de trabajadores afectados.

6. ¿Qué puedo hacer si mi empleador no realizó el depósito?

Si tu empleador no realizó el depósito aún de tu CTS, puedes imponer una denuncia contra la empresa.

Para ello, debes ingresar al aplicativo virtual de la Autoridad SUNAFIL. Todas las denuncias son confidenciales, pero deberás proporcionar la siguiente información:

  • Número de RUC de la empresa
  • Dirección del centro de trabajo a denunciar
  • Documentos que sustenten tu denuncia (boletas de pago, contrato de trabajo, etc) escaneados y en formato PDF
  • Contar con un correo electrónico
  • Número de contacto

7. ¿Cómo se sanciona a los empleadores que no realizaron el depósito?

El incumplimiento de las obligaciones ligadas al pago íntegro y oportuno de la CTS puede constituir infracciones calificadas como leves o graves en materia de relaciones laborales, pudiendo las mismas ser sancionadas con multas administrativas que oscilarían entre las 0.26 UIT hasta las 26.12 UIT (el valor de la UIT asciende a S/ 4,600.00), según la cantidad de trabajadores afectados.

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Caroline Mayoría, Asesora Legal, Business Services & Outsourcing