Alerta Legal - COVID-19: Se publica ley que autoriza al sector privado la adquisición y provisión de vacunas

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El día de hoy ha sido publicada la Ley N° 31225, Ley que promueve la adquisición y provisión de la vacuna contra el coronavirus SARS-COV-2 como estrategia sanitaria de vacunación para garantizar su acceso oportuno.

La misma tiene como finalidad, entre otros, establecer los parámetros legales generales para autorizar la importación o adquisición de la vacuna contra el SARS-COV-2 por parte del sector privado. A continuación, los detalles a considerar al respecto:

¿Cómo se realiza el procedimiento de autorización?

Preliminarmente, se ha establecido que el Ministerio de Salud será la Entidad encargada de autorizar al sector privado la importación o adquisición de vacunas. Para ello, la Entidad autorizará aquello en un plazo no mayor de 7 días calendario, desde presentado el expediente de importación o adquisición.

¿Bajo qué parámetros se ejecuta la importación o adquisición?

Los expedientes de importación o adquisición deberán ser puestos a disposición del Centro Nacional de Abastecimiento de Recursos Estratégicos-CENARES, para su distribución gratuita en todo el territorio nacional. Aquellas empresas del sector privado que adquieran las vacunas tendrán la prioridad de inmunizar a su personal.

¿Qué naturaleza tendrá el valor de importación o adquisición de vacunas?

La adquisición o importación de vacunas, previamente autorizada, es considerada como gasto de las empresas, siendo deducible del Impuesto a la Renta mientras dure la Emergencia Sanitaria. Cabe recordar que, a la fecha, la Emergencia Sanitaria se encuentra vigente hasta el día 3 de setiembre de 2021.

¿Se puede proceder con la adquisición o importación el día de hoy?

El Ejecutivo cuenta con 10 días calendario para emitir las normativas reglamentarias necesarias; mismas que establecerán a mayor alcance los requisitos y procedimientos a seguirse. Emitidas aquellas, se habilitará la adquisición o importación de vacunas contra el SARS-COV-2.

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