Alerta Laboral - Libre disposición de la CTS

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El día de hoy ha sido publicada la Ley N° 31171, norma que autoriza la disposición extraordinaria de la Compensación por Tiempo de Servicios – CTS del personal dependiente activo.

La misma tiene como finalidad asistir económicamente a los trabajadores activos, a razón de las necesidades económicas generadas como consecuencia de la pandemia COVID-19.

A continuación, los detalles a considerar respecto a la novedosa normativa:

¿Quiénes pueden acceder a la libre disposición de la CTS?

Estarán facultados de acceder al beneficio de retiro de la CTS, todos aquellos trabajadores que tengan fondos acumulados en las entidades financieras, ligadas a los depósitos periódicos de la CTS.

¿Existe un límite respecto al retiro de la CTS?

Los trabajadores podrán disponer libremente del 100% de los depósitos de la CTS acumulados.

¿Existe una fecha límite para efectuar el retiro de la CTS?

El retiro de la CTS se encontrará habilitado hasta el día 31 de diciembre de 2021.

¿Puedo retirar el día de hoy mis fondos acumulados por la CTS?

El Ejecutivo cuenta con 10 días calendario para emitir las disposiciones reglamentarias necesarias.

Una vez emitidas aquellas, se habilitará la libre disposición de la CTS.

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