Monitoreo de Agentes Ocupacionales: Principales consideraciones

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¿Qué son los Agentes Ocupacionales?

Son los diferentes agentes que pueden producir en los trabajadores enfermedades ocupacionales o perjuicios en la salud por exposición a los mismos.

¿Qué tipos de Agentes Ocupacionales existen?

¿De qué tratan los Monitoreos de Agentes Ocupacionales?

Los monitoreos evalúan el nivel de exposición que tienen los trabajadores a agentes ocupacionales en el desempeño de sus funciones. Es importante mencionar que los resultados obtenidos en los monitoreos deben ser comparados con los límites permisibles establecidos en la normativa vigente.

¿Qué compañías deben realizar Monitoreos de Agentes Ocupacionales?

Al igual que lo establecido en la normativa vigente de Seguridad y Salud en el Trabajo, esta medida aplica a todo giro económico y estructura corporativa, tanto público como privado.

Es importante mencionar que, los monitoreos de agentes ocupacionales varían según las actividades que realiza cada empresa, así como de la cantidad de trabajadores y la extensión de sus locales.

Durante la emergencia sanitaria por el COVID-19, ¿la obligación de realizar Monitoreos Ocupacionales se encuentra vigente?

Sí. Esta obligación no se encuentra dentro del grupo de obligaciones en materia de Seguridad y Salud en el Trabajo suspendidas en el marco de la emergencia sanitaria por el COVID-19. Por tanto, los empleadores deben continuar con la ejecución de los monitoreos ocupacionales, de acuerdo al Programa Anual de Monitoreo Ocupacional vigente en sus centros de trabajo.

¿Para qué realizar Monitoreos de Agentes Ocupacionales?

Conforme a lo indicado en nuestra legislación, los monitoreos de agentes ocupacionales se deben realizar según lo establecido en el Reglamento de la Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo, el cual hace mención a que la revisión del Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo se realiza por lo menos una vez al año. Si el empleador no lleva a cabo las evaluaciones de riesgos y los controles periódicos de las condiciones de trabajo, o incumple con la realización de monitoreos ocupacionales, estaría incurriendo en una infracción grave conforme a la normativa de inspecciones sancionada con multas desde S/ 6,908.00 (1.57 UIT) hasta S/ 114,928.00 (26.12 UIT), dependiendo del número de trabajadores afectados.

Sin perjuicio del cumplimiento de la normativa antes referida, realizar monitoreos de agentes ocupacionales permite a las compañías prevenir enfermedades ocupacionales, así como los posibles riesgos laborales derivados de los agentes ocupacionales.

En caso el resultado del monitoreo ocupacional detecte la existencia de algún tipo de riesgo, la compañía deberá implementar acciones correctivas para cada tipo de agente ocupacional, a efectos de eliminar o reducir el nivel de riesgo en la salud de los trabajadores. En ese contexto el monitoreo permitirá:

  • Seleccionar los equipos de protección personal adecuados para cada trabajador.
  • Verificar la eficacia de las acciones implementadas a efectos de reducir los niveles de riesgos.
  • Asegurar que el ambiente de trabajo sea seguro para los trabajadores.
  • Identificar mejoras en la Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo.

Nueva normalidad

Con ocasión al inicio de la pandemia por el COVID-19, los empleadores se vieron en la obligación de adoptar medidas extraordinarias en pro de la vigilancia de la salud de sus trabajadores, siendo el trabajo remoto o home office una de estas medidas.

Ello trajo consigo la imposibilidad de ejecutar diversas actividades programadas por los empleadores, entre ellas, la ejecución de los monitoreos ocupacionales en los centros de trabajo; lo mencionado, dado que los mismos suelen requerir la presencia de los trabajadores en las instalaciones.

Por tanto, si bien la obligación de ejecutar monitoreos ocupacionales no ha sido suspendida durante la emergencia sanitaria, el actual contexto complica e imposibilita, en gran parte de los casos, la programación y ejecución de los monitoreos ocupacionales donde se requiere la presencia de los trabajadores en sus centros de trabajo.

Frente a esta situación, los empleadores deben adaptarse a la nueva normalidad ocasionada por el COVID-19, adecuando las metodologías empleadas para evaluar correctamente el nivel de exposición que tienen los trabajadores a agentes ocupacionales en el desempeño de sus funciones, ya sea que estos se encuentren ejecutando actividades presenciales o remotas.

Adaptarse a la nueva normalidad y a los nuevos desafíos que se presentan nunca ha sido más necesario e importante. Recordemos que la ejecución de monitoreos ocupacionales forma parte de una serie de obligaciones en materia de Seguridad y Salud en el Trabajo. Siendo ello así, los empleadores deben procurar el cumplimiento de estas obligaciones, pues inciden directamente en el ambiente seguro y saludable que están obligados promover en sus centros de trabajo y trabajadores.

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Contacto

Carina Dávila, Gerente Legal, BDO Outsourcing

Caroline Mayoria, Asesora Legal, BDO Outsourcing

Florencia Valencia, Analista de Seguridad y Salud en el Trabajo, BDO Outsourcing