La responsabilidad integral del Gerente General

¿Conoces el nivel de responsabilidad que asume el Gerente General en una Sociedad?

En el entorno corporativo actual, las decisiones y acciones que una Sociedad pueda adoptar y las consecuencias de estas ya no afectan únicamente al patrimonio de la persona jurídica -o a los terceros involucrados en tales actos-; por el contrario, la legislación actual supera estas fronteras y, en determinados supuestos, traslada la responsabilidad a personas naturales vinculadas a la Sociedad.

Una de estas personas naturales es el Gerente General, órgano de administración de las Sociedades Anónimas; quien, en función a determinados supuestos y con ocasión a rol de representación máxima de la Sociedad, puede adquirir a título personal responsabilidad societaria, tributaria e, inclusive, penal.

En este punto surge la interrogante: ¿en qué supuestos aplica dicha responsabilidad? A continuación, se detalla los principales casos en que pudiere surgir:

 

Responsabilidad Societaria

De acuerdo con la Ley General de Sociedades, el Gerente General responde ante la Sociedad, los accionistas y terceros, por los daños y perjuicios que ocasione por el incumplimiento de sus obligaciones, dolo, abuso de facultades y negligencia grave. Particularmente, es responsable por lo siguiente, entre otros:

  • La existencia, regularidad y veracidad de la contabilidad, libros y cualquier registro que resulte aplicable. Por ejemplo, los Estados Financieros y la actualización de los Libros Societarios en virtud a las Juntas sostenidas.
  • Control interno de los activos de la Sociedad, con la finalidad de protegerlos contra un uso no autorizado, así como del registro de todas las operaciones.
  • La veracidad de las informaciones que proporcione al Directorio y la Junta General de Accionistas.

En otras palabras, el Gerente General debe velar por que las obligaciones y actividades detalladas previamente sean ejecutadas conforme a los términos establecidos legalmente. Caso contrario, podrá ser responsable por los daños y perjuicios que puedan generarse frente a cualquier incumplimiento sobre aquellos.

Adicionalmente a lo indicado, en el supuesto que la Sociedad se encuentre en una situación de irregularidad -por ejemplo, por encontrarse la Sociedad en pérdidas e incursa en una causal de disolución-, el Gerente General podría ser responsable ilimitadamente por todos aquellos actos que ejecute la Sociedad, encontrándose obligado al cumplimiento de la obligación que corresponda, así como de los daños y perjuicios que pudieren generarse.

 

Responsabilidad Tributaria

Según lo dispone el Código Tributario, el Gerente General de una Sociedad es responsable solidario cuando por dolo, negligencia grave o abuso de sus facultades, se dejan de pagar las deudas tributarias de la Sociedad. Para dichos efectos, se considera la existencia de ello en los siguientes supuestos de incumplimientos, entre otros:

  • Irregularidades contables, al no llevar contabilidad o llevar dos o más juegos de libros o registros para una misma contabilidad, con distintos asientos.
  • Alteración de comprobantes, al emitir comprobantes o notas de débito o crédito con duplicidad de serie o numeración.
  • Uso indebido de beneficios, al emplear bienes exonerados o que gocen de beneficios en actividades ajenas a las permitidas.
  • Omisiones declarativas, tales como, por ejemplo, omitir trabajadores en las declaraciones de planillas; y, no cumplir con la declaración de Beneficiario Final.

Pueden existir otros supuestos de responsabilidad solidaria fuera de los listados normativamente, en los cuales corresponderá demostrar la existencia del dolo o negligencia grave.

Una vez atribuida la responsabilidad solidaria, la Autoridad Tributaria podrá exigir el pago de la deuda indistintamente a la Sociedad deudora, al Gerente General solidariamente responsable, o incluso a ambos simultáneamente.

 

Responsabilidad Penal por Accidentes de Trabajo

El Código Penal establece que, en caso se infrinjan las normas de Seguridad y Salud en el Trabajo y se ponga en riesgo la vida, salud o integridad física de un trabajador, el responsable podrá ser reprimido con pena privativa de libertad no menor de 1 ni mayor de 4 años.

Por su parte, en caso dicha inobservancia a las normas de Seguridad y Salud en el Trabajo cause la muerte del trabajador o de terceros o les produzcan lesiones graves, pudiendo haberse previsto ello, el responsable podrá ser reprimido con pena privativa de libertad no menor de 4 ni mayor de 8 años en caso de muerte, y no menor de 3 ni mayor de 6 en caso de lesión grave.

En este contexto, en caso de ocurrencia de alguno de los supuestos listados previamente y de identificarse que el Gerente General tenía a su cargo los asuntos de Seguridad y Salud en el Trabajo, aquél podrá ser responsabilizado penalmente.

Es de considerar que, a nivel civil, igualmente podrá ser aplicable la responsabilidad al Gerente General, exigiéndose el pago de indemnizaciones por daños y perjuicios.

 

Responsabilidad Administrativa y Penal

La Ley N° 30424, Ley que regula la responsabilidad administrativa de las personas jurídicas en el proceso penal, identifica diversos ilícitos que pueden desencadenar la responsabilidad administrativa de la persona jurídica y, simultáneamente, la responsabilidad penal del Gerente General, entre otros representantes. Entre tales delitos se encuentra, por ejemplo, el cohecho activo y el tráfico de influencias.

El Gerente General, en su condición de administrador de la Sociedad, se convierte en un sujeto cuya actuación puede imputarse directamente a la persona jurídica. Si el Gerente comete un delito en ejercicio de sus funciones y en beneficio de la Sociedad, se configura automáticamente uno de los supuestos de atribución de responsabilidad. Del mismo modo, será responsable por sus subordinados, en tanto exista un incumplimiento de su deber de supervisión, vigilancia y control.

 

¿Cómo podemos ayudarlo?

El análisis de las diversas responsabilidades asociadas al Gerente General demuestra que la gestión empresarial requiere de un enfoque preventivo y transversal.

El mero desconocimiento de los procesos internos y operativos de la Sociedad no constituye un eximente a los supuestos de responsabilidad expuestos. En su lugar, la Sociedad y sus representantes deben velar por la implementación de diversas medidas que contribuyan a la identificación de contingencias y mitigación de riesgos, con la asistencia de un Equipo Legal especializado.

Desde BDO Servicios Legales y Laborales S.A.C. ponemos a su disposición a nuestro equipo de especialistas para ayudarle en el diagnóstico, diseño e implementación de las medidas necesarias para asegurar el cumplimiento legal de la Sociedad y, de dicho modo, mitigar o eliminar los riesgos de responsabilidad del Gerente General.

Para más información pueden contactarnos a través del correo electrónico: servicioslegales@bdo.com.pe


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